Régimen fiscal en un proceso de reestructuración empresarial

  |   Lectura: 1 min.

Consulta vinculante sobre el Impuesto de Sociedades, el IVA, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados y el IRPF en una operación de reestructuración de una entidad que tiene por objeto la adquisición, tenencia por cualquier título, disfrute y enajenación de valores mobiliarios y el asesoramiento para la planificación, gestión, desarrollo y organización administrativa de toda clase de empresas.




La entidad consultante tiene por objeto la adquisición, tenencia por cualquier título, disfrute y enajenación de valores mobiliarios y el asesoramiento para la planificación, gestión, desarrollo y organización administrativa de toda clase de empresas. Los socios de esta entidad son la persona física PF1 con un 99,975% de participación en el capital social de la entidad, perteneciendo el 0,025% restante a la persona física PF2. La sociedad se constituyó con el ánimo de ser la cabecera de un grupo de sociedades participadas íntegra o parcialmente por la misma y desde la cual llevar a cabo en éstas labores de dirección y gestión, teniendo cada una de ellas su propia actividad. Así, su único activo se compone de la participación en distintas sociedades, en diferentes porcentajes de participación.

Se plantea la realización de una operación de reestructuración consistente en la escisión parcial de la entidad consultante a favor de una entidad de nueva creación que fuese beneficiaria de todas las participaciones de la que es titular la entidad consultante, quedando exclusivamente dentro del patrimonio de la entidad consultante los activos y pasivos inmobiliarios adjudicados, así como el personal afecto para que pasase a ejercer la actividad propia de promoción y construcción, que constituye ahora una rama diferenciada de actividad dentro de la sociedad.

La Consulta vinculante es sobre si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y sobre cuál serían los efectos de la operación en el Impuesto sobre el Valor Añadido, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados y en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.