Plan anual de control tributario y aduanero

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Publicación de las directrices generales del plan de Control Tributario y aduanero 2020, por el que se establecen novedosas estrategias a nivel de la gestión recaudatoria.




En fecha 28 de enero se publicó en el Boletín Oficial del Estado Nº 24, la Resolución de 21 de Enero, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan General de Control Tributario y Aduanero, siendo que las principales disposiciones de dicha directrices giran en torno a cinco cuestiones fundamentales, a saber:

  • Información y asistencia al contribuyente.
  • Prevención en cuanto a los incumplimientos, lo cual lleva a fomentar el cumplimiento voluntario y la prevención de los fraudes fiscales.
  • Investigación y actuaciones de comprobación del fraude aduanero y tributario.
  • Control del fraude en fase recaudatoria.
  • Colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones Tributarias de las Comunidades Autónomas.

Estos cinco puntos se desarrollarán a través de las optimizaciones en el ámbito informático, con lo cual se creará un sistema capaz de permitir interactuar a los representantes y asesores de los contribuyentes con la Inspección sin necesidad de desplazarse a la sede del órgano inspector actuante.

Asimismo, se pretende, entre otras cosas, desarrollar un nuevo modelo de asistencia al contribuyente, a través de la creación de las “Administraciones de Asistencia Digital Integrada” (ADIs), que serán plataformas electrónicas, dirigidas a prestar servicio de información y asistencia, mediante canales virtuales de comunicación; igualmente se realizará el diseño y desarrollo del “Asistente Censal”, que será una herramienta dirigida a personas físicas que presentan el modelo 037.

De igual modo, incrementarán el número de contribuyentes propuestos para inspección, a partir de un mayor número de riesgos fiscales, analizados mediante la nueva herramienta de selección y enfocados a supuestos que presenten importantes rasgos de opacidad o deslocalización.

En cuanto al impuesto de Sociedades, se prevé crear un Plan Especial de comprobación, en relación con aquellos contribuyentes que han consignado reiteradamente en sus declaraciones bases imponibles negativas a compensar y deducciones pendientes de aplicar en este impuesto.

Igualmente se controlará más rigurosamente las rentas obtenidas por artistas y deportistas no residentes que actúen en España; así como las relaciones jurídica-mercantiles entre empresa y trabajador, en cuanto a las implicaciones fiscales del IVA e IRPF, cuando la calificación adecuada sea de relaciones laborales.

Por último, se afinar estrategias en cuanto a las investigaciones para determinar las responsabilidades de los terceros responsables en la obligación del pago de las obligaciones tributarios; el seguimiento minucioso  de las actuaciones relacionadas con el control de los fraudes tributarios; e intensificarán el intercambio de información para la mejora de la gestión recaudatoria de los importes adeudados a las Administraciones Tributarias.

Para más información, se adjunta la referida Resolución de 21 de enero de 2020, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020.