Posibilidad de que los efectos de una decisión de la autoridad reguladora, que actúa en su calidad de organismo competente para la resolución de conflictos, a la que se refiere el artículo 41, apartado 11, de dicha Directiva, se extiendan a la situación existente entre las partes con anterioridad al origen del litigio de que conoce esta autoridad, en particular en el caso de un contrato de transporte de gas natural, obligando a una de las partes en el litigio a modificar dicho contrato para que sea conforme al Derecho de la Unión durante todo el período contractual.
28 Mar '24 |
Las transformaciones químicas son procesos por los que se incorpora a la molécula del compuesto algún elemento químico distinto del carbono y del hidrógeno, cuyos resultados, normalmente, son productos de fuera del ámbito impositivo. El artículo 15.1 de la LIIEE, contempla que la fabricación se realizará en las «fábricas». El enunciado es evidente, pues es un hecho indiscutible que la elaboración de un producto se llevará a cabo en una fábrica, sin embargo el término responde a una concepción tributaria con un significado mucho más generoso del sentido habitual. Así, la LIIEE obliga a registrarse como fábrica de hidrocarburos a los siguientes estableci...