Simplificación de las normas europeas de información sobre sostenibilidad

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La revisión tiene por objeto simplificar la preparación del estado de sostenibilidad mediante la reducción de los puntos de datos exigidos.




La Comisión Europea ha adoptado un Reglamento Delegado que modifica el Reglamento Delegado (UE) 2023/2772 y sustituye sus anexos I y II, en los que se contienen las normas europeas de información sobre sostenibilidad (NEIS) y el correspondiente glosario de términos.

La revisión tiene por objeto simplificar la preparación del estado de sostenibilidad mediante la reducción de los puntos de datos exigidos, la priorización de la información cuantitativa frente a la información narrativa, una diferenciación más clara entre los requisitos obligatorios y voluntarios y la mejora de la coherencia con otras disposiciones de la Unión Europea y con las normas internacionales de información sobre sostenibilidad.

Asimismo, se clarifica la aplicación del principio de doble importancia relativa. Las empresas podrán utilizar un enfoque descendente basado en su estrategia, modelo de negocio, sectores, zonas geográficas y cadena de valor, evitando evaluaciones innecesarias de cada incidencia, riesgo u oportunidad individual. También podrán utilizar información razonable y fundamentada disponible sin incurrir en costes o esfuerzos desproporcionados, sin que sea necesario realizar una búsqueda exhaustiva de información.

En relación con la cadena de valor, únicamente deberá incluirse información de importancia relativa y podrán emplearse estimaciones, datos sectoriales, análisis de muestras u otras variables sustitutivas cuando no resulte viable obtener información directa. La reforma incorpora, además, nuevas exenciones y disposiciones transitorias relativas, entre otros aspectos, a adquisiciones y enajenaciones, ámbitos parciales de información, determinadas operaciones conjuntas y efectos financieros previstos.

Las nuevas NEIS serán aplicables a los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2027. Para los ejercicios iniciados durante 2026, las empresas podrán optar por aplicar las normas revisadas o mantener las actualmente vigentes, con posibilidad de acogerse a determinadas medidas de simplificación. El Reglamento Delegado todavía no ha entrado en vigor, al encontrarse pendiente del control del Parlamento Europeo y del Consejo y de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Para más información, se adjuntan los anexos del Reglamento.