Se ha publicado un proyecto de Reglamento Delegado de la Comisión Europea que desarrolla el procedimiento de venta y recompra de los certificados del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MAFC), así como la organización y el funcionamiento de la plataforma central común encargada de gestionar estas operaciones.
El proyecto establece que, a partir del 1 de febrero de 2027, los declarantes autorizados deberán adquirir los certificados MAFC a través del Registro MAFC, mientras que los pagos se tramitarán mediante una plataforma central común, diferenciada del propio Registro. Los certificados únicamente se incorporarán a la cuenta del declarante una vez confirmado el pago, que deberá realizarse exclusivamente en euros.
Asimismo, se regula la recompra de los certificados excedentarios, que estará sujeta al cumplimiento de los límites y requisitos previstos en el Reglamento (UE) 2023/956. Con carácter general, los declarantes únicamente podrán presentar una solicitud de recompra al año, que no podrá ser modificada ni retirada una vez registrada.
El proyecto también prevé la aplicación de una comisión fija de 0,05 euros por cada certificado adquirido, destinada a financiar los costes de establecimiento, funcionamiento y gestión de la plataforma central común. No se aplicarán comisiones a las operaciones de recompra ni podrán exigirse otros cargos adicionales.
El texto se encuentra todavía en fase de proyecto y no ha sido adoptado ni respaldado formalmente por la Comisión Europea.
Para más información, se adjunta el proyecto de Reglamento.