Inscripción en el Registro de Grandes Empresas. Instituciones de Inversión Colectiva. Para la determinación del volumen de operaciones de las citadas Instituciones que tengan carácter financiero se considerará que forman parte del volumen de operaciones las comisiones de descuento por suscripciones y/o reembolsos y las retrocedidas a la IIC, los ingresos financieros y los resultados por enajenaciones de sus instrumentos financieros. Los fondos de inversión colectiva, por ser retenedores, deben integrarse en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores y, por tanto, en caso de que su volumen de operaciones supera un determinado importe, también incluirse en el Registro de Grandes Empresas.
Criterio reiterado.
28 Mar '24 |
Tribunal Económico-Administrativo Central, Sala Tercera, Resolución Nº 00/06931/2023, de 14 de marzo de 2024 Se interpone incidente de suspensión ante el Tribunal Económico-Administrativo Central, en virtud de acuerdo dictado por la Dependencia Regional de Recaudación - Delegación Especial de La Rioja de la AEAT, mediante el cual denegó la suspensión de aportación de otras garantías, que se habían presentado para cubrir las obligaciones tributarias pendientes por parte de la sociedad mercantil, responsable subsidiaria de deuda con alcance total de 341.991,23 euros; siendo que el bien inmueble presentado, ascendía a un valor de 579.824,09 euros, pero el...