En fecha 4 de febrero se ha publicado el siguiente Proyecto de Orden Ministerial del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria, donde se fija la incorporación de nuevos modelos de autoliquidación tributaria voluntaria, prevista en el artículo 252 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, de la Ley General Tributaria.
Dichos modelos estarán disponibles en formato electrónico, y son los siguientes:
- Modelo 770: Autoliquidación de intereses de demora y recargos para la regularización voluntaria de concepto impositivo y ejercicio o hecho imponible cuyo modelo de autoliquidación e ingreso se encuentre disponible en la sede electrónica de la AEAT.
- Modelo 771: Para efectuar la autoliquidación de cuotas de conceptos y ejercicios sin modelo disponible en la Sede electrónica de la AEAT.
De igual modo, se establecen las condiciones y procedimientos para su presentación, entre las cuales se señalan que deberán interponerse antes de la notificación por parte de la AEAT, así como la forma en la que debe presentarse y la documentación complementaria a consignar.
Para más información se adjunta el referido Proyecto de Orden Ministerial del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria y los Anexos I y II con los nuevos modelos.