Se plantea si las retribuciones por asistencia a Consejos de Administración de sociedades participadas, percibidas por el Presidente y los Directores Generales de la entidad constituyen supuestos de sujeción al tributo. El pronunciamiento en los términos pretendidos por el recurso, no es posible, partiendo de la base de que el Presidente y Directores Generales de la entidad intervinieron en los órganos de administración de sociedades participadas por la Caja en representación de la misma, y ese hecho, es cabalmente negado como hecho probado por la sentencia recurrida, que afirma que lo han hecho en nombre y representación propia. Regla de prorrata. Las prestaciones realizadas por una entidad en virtud de contratos de permuta financiera (swap/IRS), constituyen, a efectos del Impuesto prestaciones de servicio realizadas a título oneroso que, cuando tengan un resultado generador de plusvalía para la entidad financiera (diferencia positiva) deben ser incluidas en el denominador de la prorrata del art. 104 LIVA, y cuando generan minusvalía (diferencia negativa) habrán de incluirse en la prorrata a valor cero. Disminución del IVA soportado deducible como consecuencia de la disminución del porcentaje de prorrata de los ejercicios revisados.
31 Oct '25 |
Tribunal Supremo, Sección Segunda de lo Contencioso-Administrativo, Sentencia Nº 1.202/2025, de 29 de septiembre de 2025. Los hechos que dieron origen al litigio principal se originaron en virtud de la comprobación limitada del IVA del año 2013, a la que fue sometida la recurrente, por parte de la AEAT de Baleares. En las autoliquidaciones del IVA, la sociedad mercantil incluyó cuotas de IVA soportadas que consideró deducibles; siendo que la Oficina de Gestión Tributaria entendió que determinadas facturas no describían correctamente las operaciones, o no estaban emitidas a nombre de la sociedad, o no se había aportado justificación documental suficient...