04 Feb '26 |
La nueva redacción, en vigor desde el día 05 de febrero de 2026, fija el volumen mínimo en 500 millones de litros, sustituyendo el cómputo por año natural por el de los 12 meses naturales inmediatamente anteriores a la solicitud. En fecha de 04 de diciembre de 2026 se ha publicado en el BOE número 31, el Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial.
Esta norma vuelve a modificar las condiciones que debe de reunir el operador confiable en el marco de la obligación de...
Exenciones introducidas en el Impuesto Especial sobre Hidrocarburos y en el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE) mediante Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores
16 octubre, 2018
Hidrocarburos y energía
Leer artículo →
La delgada línea que separa el gasóleo del fuelóleo
30 Ene '26 |
Gasóleo y fuelóleo comparten origen, fracciones de destilación y usos energéticos, pero una frontera técnica extremadamente fina los separa. Diferencias fisicoquímicas aparentemente menores determinan clasificaciones arancelarias distintas y, con ello, consecuencias regulatorias y fiscales profundamente divergentes. Dentro del conjunto de productos petrolíferos, el gasóleo y el fuelóleo ocupan una posición singular. Ambos proceden de fracciones pesadas del crudo, presentan usos energéticos similares y, en determinados contextos, pueden incluso resultar intercambiables. Sin embargo, pequeñas diferencias fisicoquímicas, de comportamiento operativo y de tratamiento normativo determinan consecuencias relevantes tanto desde el punto de vista industrial como, especialmente, d...
Hidrocarburos y energía
Leer artículo →
Comienza la obligación de garantizar el IVA a la salida del depósito fiscal
30 Ene '26 |
Tras más de un año desde la aprobación de la medida, la obligación de garantizar el IVA en la salida de depósitos fiscales comienza a exigirse el 01 de febrero de 2026. Con la modificación introducida en la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido (LIVA), el legislador ha establecido la obligación de garantizar el ingreso del IVA que se devenga con la ultimación del régimen suspensivo, para quienes extraen carburantes de depósitos fiscales. Todo ello como respuesta al problema del fraude del IVA en el mercado de los hidrocarburos, en particular frente al conocido fraude carrusel.
La normativa contempla que, en el momento en que los hidrocarburos abandonan el depósito fiscal, se produce una operación asimilada a la importación, lo que obliga al propietario del producto a liquidar el IVA correspondiente. El fraude se produce precisamente cuando dichos extractores repercuten el I...