El TJUE resuelve recurso por incumplimiento interpuesto por la Comisión Europea contra la República Helénica en relación con determinados preceptos de la Directiva 92/83,y la Directiva 92/84/CEE del Consejo, relativa a la aproximación de los tipos del impuesto especial sobre el alcohol y las bebidas alcohólicas.
30 May '25 |
Por lo tanto, el alcohol puro puede ser «aparente» o puede ser «real», según se exprese o no a 20ºC. Si no fuera así, no solo sería contrario a las leyes de la alcoholimetría (técnica de medir el contenido en alcohol de los líquidos), sino también contrario al artículo 38 de la ley del impuesto, que fija la base imponible del impuesto; además de vaciar de contenido el artículo 84.4 del RIIEE, que contempla que las cantidades de alcohol consignadas en los libros reglamentarios y en el resto de los documentos se expresarán en litros de «alcohol puro» referidos a la temperatura de 20 grados centesimales. En España, la tributación de alcoholes y aguardient...