La principal fuente de ingresos del impuesto sobre hidrocarburos procede del consumo de gasolinas, gasóleos, biocarburantes, fuelóleos y gas natural. Para los demás productos energéticos, la recaudación es significativamente menor, pues se trata de hidrocarburos empleados en procesos industriales en uso distintos a combustible y carburante, y por tanto en la mayoría de los casos en régimen de exención. De ahí, que la aplicación, control y comprobación del tributo exige observar la trazabilidad de gasolinas, gasóleos, biocarburantes, fuelóleos y gas natural, desde la producción hasta el consumo y, sobre todo, requiere conocer el contexto en el que los sujetos obligados se trasladan unos a otros la responsabilidad tributaria, en definitiva, conocer las reglas que gobiernan el mercado y la formación del precio de tales productos.
05 Sep '23 |
El objetivo primordial de esta Orden es compilar la normativa existente e incorporar mecanismos para reducir el fraude y el procedimiento para incorporar nuevas materias primas a efectos del cumplimiento de la obligación. Recientemente, se ha iniciado el trámite de audiencia e información pública de la Propuesta de Orden por la que se desarrolla el mecanismo de fomento de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.
El objetivo primordial de esta Orden es compilar la normativa existente y, concretamente, derogar los instrumentos normativos creados por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) entre 2013 ...