RDL reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista

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Este RDL viene a desarrollar un mecanismo temporal para limitar el impacto de la escalada de precios del gas natural en el mercado mayorista de electricidad, el cual estará vigente por un periodo de 12 meses.




El pasado 14 de mayo de 2022 fue publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el texto del Real Decreto-ley, 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista.

Se desprende de su exposición de motivos, que este RDL viene a desarrollar un mecanismo temporal para limitar el impacto de la escalada de precios del gas natural en el mercado mayorista de electricidad, el cual estará vigente por un periodo de 12 meses. Así, se pretende ajustar el coste de producción de las tecnologías fósiles marginales, con la consiguiente reducción de precio de casación del mercado.

El RDL también establece el mandato de realizar las modificaciones necesarias en la metodología de cálculo del precio voluntario para el pequeño consumidor, para introducir una referencia a los precios de los mercados a plazo, incorporando una componente de precio basada en una cesta de productos de mercados a plazo –anuales, trimestrales y mensuales– y una componente de precio del mercado diario e intradiario de tal forma que la nueva fórmula de fijación del coste de la energía del PVPC pueda empezar a aplicarse a principios de 2023.

Esta medida orientará la estrategia de compra de energía de las comercializadoras de referencia, induciendo una mayor propensión a la participación en los mercados a plazo para adquirir la energía de sus clientes. Por tanto, fomentará la liquidez de los mercados a plazo ibéricos por el lado de los compradores.

En virtud de la guerra en Ucrania, se está viendo agravada la falta de liquidez en los mercados a plazos, con lo cual esta medida de ajustes por desviaciones en el precio del mercado, está dirigida a reducir la volatilidad y el precio final de la energía de los consumidores acogidos al precio voluntario para el pequeño consumidor, en un contexto de altos precios de la energía y elevada incertidumbre respecto a su duración e intensidad, a través de la modificación de la metodología de cálculo del precio voluntario para el pequeño consumidor y del fomento de la liquidez en los mercados de energía a plazo.

Para más información, se adjunta el Real Decreto-ley al que se hace referencia.