La Administración General del Estado interpone recurso contra sentencia dictada por el TSJ de la Comunidad Valenciana, mediante la cual estimó el recurso contencioso-administrativo, donde se reconoció el derecho a la devolución de las cantidades indebidamente ingresadas por la sociedad mercantil, por cuanto no se correspondía la imputación de dichos ingresos percibidos en concepto de IVDMH, a los ejercicios 2014 a 2016 del IS.En virtud de haberse declarado nulo el IVDMH, la obligada tributaria interpone escrito solicitando rectificación de autoliquidación del IS de los ejercicios 2014 a 2016, alegando que en dichos ejercicios obtuvo la devolución de los ingresos indebidamente satisfechos por el IVDMH, imputando fiscalmente los ingresos en la autoliquidación del IS de cada uno de los ejercicios, considerando, sin embargo, que la imputación debería haberse efectuado en los ejercicios en que efectuó el ingreso del IVDMH.El Abogado del Estado plantea a la sala que se identifique el ejercicio tributario al que deben imputarse los ingresos en concepto de devoluciones de impuestos que, en su día, se contabilizaron como gasto, bien al período en el que fuere satisfecho el gravamen que es objeto de ulterior devolución o, por el contrario, al período en que se produjo el cobro de la referida devolución.El Tribunal Supremo sentencia no haber lugar al recurso interpuesto por la Administración, indicando que “la devolución de un impuesto, contabilizado en su día como gasto, efectuada por la administración tributaria como consecuencia de la declaración de no ser conforme al Derecho de la Unión Europea el tributo que se devuelve, debe imputarse temporalmente en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio en que se produjo el pago del tributo en cuestión”.
30 Sep '25 |
La casación se centra en la exigencia de motivación al derivar responsabilidad al administrador: si basta afirmar que era administrador y que hubo infracciones o cese con deudas, o si la Administración debe concretar qué hizo u omitió el administrador y por qué esa conducta es culposa o dolosa. El Tribunal Supremo, dicta sentencia el 17 de julio de 2025 en el recurso de casación 5815/2023 contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears de 30 de mayo de 2023. El origen del litigio está en un acuerdo de la Dependencia Regional de Recaudación de 22 de noviembre de 2018 que le declaró responsable subsidiario al actor, de las deudas d...