Viabilidad del recurso interpuesto por el responsable tributario contra la deuda principal

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Tribunal Supremo, Sección Segunda de lo Contencioso-Administrativo, Sentencia Nº 33/2025, de 17 de enero de 2025.




La sociedad mercantil, sobre quien se derivó la responsabilidad tributaria, interpuso recurso de casación contra sentencia desestimatoria dictada por la Sección Séptima de la Sala Contencioso-Administrativa de la Audiencia Nacional, al considerar que tal responsable no podía impugnar las liquidaciones y sanciones que se le derivaron, aunado al hecho que estas ya habían sido enjuiciadas por sentencia judicial firme a instancias de los obligados principales.

El objeto de interés casacional para formar jurisprudencia, se basa en la garantía que ofrece el artículo 174.5 primer párrafo LGT al declarado responsable tributario por alguna de las causas  del apartado 1 del artículo 43 LGT, en el sentido de determinar si el precepto permite considerar desde la perspectiva de fondo los recursos o reclamaciones del declarado responsable contra las liquidaciones y sanciones que se le derivaron, aun cuando estas ya hubiesen sido enjuiciadas por sentencia judicial firme a instancia de los obligados principales.

El Tribunal Supremo, otorgándole la razón al recurrente, ordena la retroacción de las actuaciones al Tribunal a quo, en virtud que este negó el derecho a la impugnación de la deuda principal, basándose en el artículo 174.5 LGT; por lo cual deberá emitir nuevo pronunciamiento, en el cual deberá excluirse los intereses o recargos del periodo ejecutivo, combatiendo la legalidad de la deuda principal, “porque le asiste la razón al recurrente al objetar frente al quántum de la deuda derivada la limitación prevista en el art. 41.3 LGT”.