Garantía del IVA a la salida del depósito fiscal: disponible el entorno de pruebas

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El extractor deberá haber realizado bien un pago previo del IVA del producto o disponiendo de una garantía constituida previamente ante la administración hacer una declaración de extracción garantizada.




La AEAT ha habilitado el portal de pruebas relativo a los procedimientos de garantía del IVA a la salida del depósito fiscal de determinados hidrocarburos.

Este entorno tiene habilitados para los extractores de depósitos fiscales los servicios de consulta de la garantía constituida, el modelo 319 de pago a cuenta del IVA correspondiente a las entregas de gasolinas, gasóleos y biocarburantes posteriores a la ultimación del régimen de depósito distinto del aduanero, y la presentación y consulta de extracciones garantizadas.

Por su parte, los titulares de depósitos fiscales tienen a su disposición la consulta del Registro de Operador Confiable y la condición de Operador Económico Autorizado, presentar y consultar solicitudes de autorización a extracción y la consulta de solicitudes presentadas por extractores de extracciones garantizadas o con pago a cuenta.

Además, se dispone de la documentación técnica relativa a los servicios anteriores.

El sistema permite verificar quien pretende realizar la extracción figura el Registro de Operador Confiable y la condición de Operador Económico Autorizado. Esta comprobación se puede realizar de manera individual o masiva. Esta consulta se une a la consulta del Registro de Extractores de Depósitos Fiscales (REDEF).

En caso de no ser el extractor ni Operador Confiable ni Operador Económico Autorizado, deberá haber realizado bien un pago previo del IVA del producto o disponiendo de una garantía constituida previamente ante la administración hacer una declaración de extracción garantizada.

Para realizar la solicitud de extracción garantizada, el extractor debe de haber comunicado previamente a la Administración la garantía, incluyendo en la solicitud el NIF del extractor, el CAE del depósito de salida, y un máximo de seis productos de salida, identificado el producto, su cantidad (en litros a temperatura ambiente) y el importe por litro de producto. La Administración genera una respuesta que incluye la fecha de solicitud (con una vigencia de 5 días), el justificante de extracción y el importe que afectará a la garantía.

Para el caso de optar por el pago a cuenta del IVA, deberá de cumplimentar el modelo 319, incluyendo en la solicitud el NIF del extractor, el CAE del depósito de salida, y un máximo de seis productos de salida, identificado el producto, su cantidad (en litros a temperatura ambiente) y el importe por litro de producto. La Administración genera una respuesta que incluye la fecha de pago, el identificador de la declaración y el número de expediente.

Una vez realizada uno de los dos procedimientos anteriores, el titular del depósito fiscal debe de comprobar que la extracción dispone de garantía suficiente o se ha producido el pago a cuenta del IVA, por medio del proceso de solicitud de autorización de extracción. En dicha solicitud debe de indicar el NIF del extractor; el NIF y CAE del depósito fiscal; el justificante de la extracción (para la extracción garantizada, el justificante de extracción, mientras que, para el pago previo, el número de expediente); y un máximo de seis productos con respecto de los cuales se solicita la extracción, identificando el producto y su cantidad a temperatura ambiente. De la Administración obtiene un resultado correcto, con un número de autorización y un CSV o una respuesta incorrecta, en cuyo caso indicará si la extracción no es autorizada, la declaración ha sido utilizada anteriormente o ha caducado, o la solicitud de extracción garantizada ha sido anulada o la garantía aportada es insuficiente para la salida.

Una vez producida la extracción se deben de comunicar los datos finales de la salida, en la que se indicarán los datos incluidos en la solicitud, además de la cantidad en temperatura a 15 grados. Para el caso en que se produzca una reintroducción, se comunicará con los mismos datos, tras el retorno del producto al depósito fiscal.

Para más información, se puede acceder al citado entorno de pruebas a través de este enlace, y al apartado de documentación a través de este enlace.