Modificación del Real Decreto de regulación de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos

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Real Decreto 917/2025, de 15 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.




En fecha 16 de octubre, se ha publicado en el BOE Nº 249, el Real Decreto 917/2025, de 15 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

Este Real Decreto introduce varios cambios clave, a saber:

  1. Integración del almacenamiento eléctrico:
    Se ajusta la definición de horas equivalentes y la retribución para instalaciones híbridas con almacenamiento, eliminando penalizaciones y facilitando su despliegue.
  2. Precios negativos y fuerza mayor:
    Se incluyen los precios negativos en el cálculo de horas equivalentes y se regulan los procedimientos ante situaciones de fuerza mayor (como desastres naturales).
  3. Nuevo artículo 29 bis:
    Regula cómo la CNMC puede compensar obligaciones de ingreso con derechos de cobro, mejorando la gestión de liquidaciones.
  4. Adaptación al control del sistema eléctrico:
    Se amplían las obligaciones de adscripción a centros de control y de envío de telemedidas, incluyendo a las instalaciones de almacenamiento.
  5. Revisión del orden de prioridad en el redespacho:
    Se elimina el concepto de “generación no gestionable” y se otorga prioridad a renovables con almacenamiento.
  6. Transformación de cogeneraciones:
    Se permite mantener permisos de acceso y conexión al pasar de combustibles fósiles a renovables.
  7. Transposición de directivas europeas:
    • Directiva (UE) 2018/2001 (energías renovables): jerarquía de residuos, prohibición de incentivos a incineración sin recogida separada.
    • Directiva (UE) 2023/1791 (eficiencia energética): nueva definición de cogeneración de alta eficiencia.
  8. Reducción del periodo mínimo de permanencia (RD 900/2015):
    Se reduce de un año a tres meses para cogeneraciones con régimen retributivo específico.

En conclusión, este Decreto moderniza el régimen retributivo, integra el almacenamiento, armoniza con la normativa europea y refuerza la eficiencia y sostenibilidad del sistema eléctrico.