Retrasada la entrada en vigor de VERI*FACTU

Por medio de este Real Decreto-ley se retrasa la entrada en vigor de la obligación de disponer de sistemas informáticos de facturación adaptados a la nueva normativa.




En fecha de 03 de diciembre de 2025, se ha publicado en el BOE número 290, el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes para favorecer la actividad inversora de las entidades locales y de las comunidades autónomas, y por el que se modifica el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación.

Por medio de este Real Decreto-ley se retrasa la entrada en vigor de la obligación de disponer de sistemas informáticos de facturación adaptados a la nueva normativa:

Sujeto obligado Entrada en vigor anterior Entrada en vigor actual
Contribuyentes IS 01 de enero de 2026 01 de enero de 2027
Contribuyentes IRPF con actividad económica

Contribuyentes IRNR con establecimiento permanente

Entidades en régimen de atribución de rentas con actividades económicas

01 de julio de 2026 01 de julio de 2027

Tabla 1. Contiene las modificaciones introducidas en el Disposición final cuarta del Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre.

Para más información, se adjunta el BOE que contiene el Real Decreto-ley al cual se hace referencia.