LA LEY DE CARRETERAS NO PERMITE ENCADENAR TRES GASOLINERAS BAJO LA MISMA BANDERA
El BOE de 30 de septiembre de 2015 ha publicado la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, aprobándose entre otras medidas, la prohibición de la presencia del mismo operador en tres estaciones de servicio sucesivas, tal y como establece el artículo 27.2:
“La adjudicación de las concesiones de áreas de servicio en la que, de acuerdo con la normativa vigente en materia de carreteras, se contemple la concesión de instalaciones de distribución al por menor de productos petrolíferos, no podrá realizarse en favor del mismo operador al por mayor o de un operador del mismo grupo empresarial que el que suministre en exclusiva a las estaciones de servicio inmediatamente anterior y posterior, en el mismo sentido de circulación, a la que es objeto de licitación. Del mismo modo, tampoco podrán adjudicarse en bloque todas las concesiones de áreas de servicio que cuenten con instalaciones de distribución al por menor de productos petrolíferos a un mismo operador al por mayor o a operadores de un mismo grupo empresarial”.
Dicha prohibición, se supone que persigue la mejora de la competencia, pero realmente son muy pocas las carreteras que tienen más de dos concesiones de distribuciones al por menor a favor del mismo operador, por lo que será de eficacia escasa dicha limitación.
30 Sep '26 |
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