LA SENTENCIA, NO OBSTANTE, NO TIENE EFECTOS PRÁCTICOS
El Tribunal Constitucional, mediante Sentencia de 8 de junio de 2017, declara la inconstitucionalidad de la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público, a través de la cual se aprobó una Amnistía Fiscal que inicialmente permitía a los contribuyentes regularizar las rentas de no declaradas por medio de una declaración tributaria especial e ingresando la cuantía resultante de aplicar al importe o valor de adquisición de los bienes o derechos el porcentaje del 10 por ciento, sin ser exigibles sanciones, intereses ni recargo alguno.
El TC ha interpretado que la introducción de una medida tributaria de tal importancia y relevancia para nuestro sistema fiscal por medio de un Decreto-Ley es inconstitucional y nula, en tanto la Constitución Española limita la utilización de este instrumento legislativo a casos de extraordinaria y urgente necesidad.
No obstante, esta sentencia no tiene efectos prácticos puesto que declara que no son susceptibles de ser revisadas las situaciones que hubieran alcanzado firmeza, por exigencia del principio de seguridad jurídica.
31 Mar '26 |
Tribunal Supremo, Sección Segunda de lo Contencioso-Administrativo, Sentencia Nº 275/2026, de 06 de marzo de 2026 Recurso de casación, interpuesto por la Administración General del Estado, contra la sentencia dictada por la Sección Séptima de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, mediante el cual estima el recurso interpuesto por el obligado tributario, tras considerar que se había producido la caducidad del procedimiento de declaración de responsabilidad, habida cuenta que los acuerdos de derivación impugnados en la instancia se dictaron en ejecución de unas previas resoluciones del TEAC que ordenaban la retroacción de las actuacione...