IRPF: Deducción por inversión en vivienda habitual

El Tribunal Supremo desestima recurso de casación interpuesto por la Administración General del Estado, contra sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictada en el recurso relativo a liquidación provisional practicada en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 2010.




Interés casacional. Contratos de arendamiento con opción de compra regulados en normativa autonómica como instrumento de acceso a vivienda. Interpretación del alcance de la expresión "adquisición... de la vivienda que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente" del art. 68.1.1º de la LIRPF , en vigor al tiempo en que se producen los hechos. En modo alguno sólo cabe sostener que la adquisición haya de hacerse de presente a título de plena propiedad, sino que el precepto indicado contempla variados supuestos en los que es aplicable la deducción cuando se está invirtiendo mediante uno de los medios que se articulan normativamente, como es el Decreto de Madrid glosado en la sentencia de instancia, cantidades para acceder a la vivienda habitual. Reitera doctrina.