IVA: Impuesto sobre el volumen de negocios en el sector de las telecomunicaciones

Libertad de establecimiento. Pago de un impuesto específico sobre el volumen de negocios de los operadores de telecomunicaciones.




Mayor carga fiscal para las empresas de otros Estados miembros frente a lo tributado por las empresas nacionales húngaras. Progresividad del tributo basada en el volumen de negocios. Criterio de distinción neutro por ser un indicador pertinente de la capacidad contributiva de los sujetos pasivos. Interpretación de los artículos 49 TFUE y 54 TFUE. El establecimiento de un impuesto de carácter marcadamente progresivo sobre el volumen de negocios cuya carga efectiva recae principalmente en empresas controladas directa o indirectamente por nacionales de otros Estados miembros o por sociedades que tienen su domicilio social en otro Estado miembro no es contrario a los preceptos indicados, pues sólo se debe a los mayores volúmenes de negocios de las citadas empresas en el mercado de que se trate. Impuesto sobre el Valor Añadido. Compatibilidad del tributo examinado con el sistema armonizado de legislaciones relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios.

El TJUE resuelve cuestión prejudicial interpretando los artículos 49 TFUE y 54 TFU y el artículo 401 de la Directiva 2006/112/CE, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en el contexto de un litigio entre Vodafone Magyarország Mobil Távközlési Zrt, empresa que opera en el sector de las telecomunicaciones, y la Dirección de Recursos de la Administración Nacional de Hacienda y Aduanas, de Hungría, relativo al pago de un impuesto sobre el volumen de negocios en dicho sector.