Recientemente se ha publicado el proceso de Evaluación de los tipos y estructuras del impuesto especial sobre el alcohol y las bebidas alcohólicas. Por medio del cual se pretende analizar la validez y eficacia de los tipos mínimos del Impuesto especial sobre el alcohol y las bebidas alcohólicas, dado que no se actualizan desde 1992.
Esta consulta puede conducir a la revisión de la Directiva 92/84/CEE del Consejo.
Los tipos mínimos que fija la Directiva son los siguientes:
- Tipo mínimo del impuesto especial sobre los productos intermedios será de 45 [euros] por hectolitro de producto.
- Tipo mínimo del impuesto especial sobre el vino 0 [euros] por hectolitro de producto en el caso del vino tranquilo; 0 [euros] por hectolitro de producto en el caso del vino espumoso.
- Tipo mínimo del impuesto especial sobre la cerveza 0,748 [euros] por hectolitro/grado Plato, o bien de 1,87 [euros] por hectolitro/grado de alcohol del producto acabado.
- Tipo mínimo del impuesto especial sobre el alcohol y sobre el alcohol contenido en las bebidas alcohólicas distintas de las anteriores 550 [euros] por hectolitro de alcohol puro.
Se dispone hasta el 04 de julio de 2022 para enviar comentarios a través del siguiente enlace.