Nuevos sujetos de la colaboración social

En fecha 11 de junio de 2022, se publica en el BOE núm. 139, la Orden HFP/534/2022, de 6 de junio, por la que se modifica la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende ésta expresamente a la presentación telemática de determinados modelos de declaración y otros documentos tributarios.




En fecha 11 de junio de 2022, se publica en el BOE núm. 139, la Orden HFP/534/2022, de 6 de junio, por la que se modifica la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende ésta expresamente a la presentación telemática de determinados modelos de declaración y otros documentos tributarios.

Por medio de esta Orden, se añaden como sujetos de la colaboración social:

  • Las personas o entidades que sean colegiados, asociados o miembros de instituciones y organismos representativos de sectores o intereses sociales, laborales, empresariales o profesionales, incluidas las organizaciones corporativas de las profesiones oficiales colegiadas que sean sujetos de la colaboración social.
  • Las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las Entidades que integran la Administración Local.

Para más información se adjunta el BOE que contiene la Orden a la cual se hace referencia.