Reglamento de Ejecución: métodos comunitarios para el análisis de las bebidas espirituosas

El Consejo consideró necesario modificar el Reglamento (CE) n.o 2870/2000 de la Comisión, para ampliar los métodos de referencia establecidos en su anexo al análisis del alcohol etílico de origen agrícola,




En fecha 21 de febrero de 2023, fue publicado en el DOUE Nº L 53/3, el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/383 de la Comisión, de 16 de febrero de 2023, que modifica el Reglamento (CE) n.o 2870/2000, que establece métodos comunitarios de referencia para el análisis de las bebidas espirituosas, y deroga el Reglamento (CEE) n.o 2009/92, por el que se establecen los métodos comunitarios de análisis del alcohol etílico de origen agrícola utilizado en la elaboración de bebidas espirituosas, vinos aromatizados, bebidas aromatizadas a base de vino y cócteles aromatizados de productos vitivinícolas.

El Consejo consideró necesario modificar el Reglamento (CE) n.o 2870/2000 de la Comisión, para ampliar los métodos de referencia establecidos en su anexo al análisis del alcohol etílico de origen agrícola, con el fin de determinar el origen del alcohol etílico, en particular el obtenido a partir de los productos enumerados
en el anexo I del Tratado, procede volver a utilizar el método 13 establecido en el Reglamento (CE) n.o 625/2003 de la Comisión, actualmente obsoleto, destinado a determinar el contenido de 14C en el etanol para diferenciar el alcohol de síntesis y el alcohol de fermentación.

Este Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.