El fin de los valores por defecto en los informes MAFC/CBAM

El Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1773, dispone que el uso de los valores por defecto finaliza el 31 de julio de 2024




El Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MAFC, CBAM, por sus siglas en inglés) obliga a los declarantes notificantes a informar mediante el modelo electrónico facilitado por la Comisión de las emisiones implícitas de los bienes MAFC importados, además de la información exigida por el anexo I del Reglamento (UE) 2023/956. Para ello, la mayor parte de los declarantes notificantes han recurrido a los valores por defecto ante la falta de información que deben de remitir los titulares de las instalaciones en la que se produjeron las mercancías.

Por su parte, el artículo 4.3 del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1773, dispone que el uso de los valores por defecto finaliza el 31 de julio de 2024, momento a partir del cual se precisa de la información remitida por parte del titular de la instalación en la que se produjeron los bienes, de acuerdo con los métodos de determinación de las emisiones procedentes de los flujos fuente (sobre la base de los datos de la actividad obtenidos mediante sistemas de medición y factores de cálculo a partir de análisis de laboratorio o valores normalizados) o procedentes de las fuentes de emisión (mediante la medición continua de la concentración de los GEI pertinentes en los gases de combustión y del flujo de los gases de combustión).