La norma pretende contribuir a una lucha más eficaz contra toda clase de comercio ilícito de productos del tabaco, mejorar el funcionamiento del mercado interior europeo y evitar las
graves repercusiones que este genera (de carácter sanitario, tributario, sobre el mercado, etc.)
30 Sep '25 |
Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Conclusiones del Abogado General, de 11 de septiembre de 2025, Asuntos acumulados Nº C-448/24 y C-449/24. El Consejo de Estado de Bélgica, al considerar que existían dudas sobre la interpretación que debe dársele al artículo 7.6.d) de la Directiva 2014/40/UE, que regula la prohibición de aditivos que faciliten la inhalación o la ingesta de nicotina, planteó cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, preguntándose si dicho articulado debe aplicarse también a los líquidos para cigarrillos electrónicos que menciona el artículo 20 de la Directiva.
En el contexto del litigio principal,...