El expedidor factura el gasóleo suministrado a cada uno de los propietarios en función del consumo realizado, el cual se determina a partir de las lecturas del contador individual instalado en cada vivienda. Consumidor final, solo puede serlo cada propietario, no la comunidad, pues al ser el depósito desde el que se efectúa el suministro propiedad del expedidor, es realmente cada propietario de la comunidad el que recibe directamente el gasóleo bonificado de manos del expedidor. Tal recepción se produce, además, con el gasóleo perfectamente cuantificado a partir de la lectura de cada contador individual, para utilizarlo luego el propietario bajo su propia dirección y responsabilidad en un uso como combustible. Y, es en la letra a) del apartado cuarto de ese mismo artículo 106, donde el Reglamento establece el modo concreto en que ha de acreditarse tal condición: "a) Los consumidores finales de gasóleo bonificado acreditarán, en cada suministro, su condición ante el proveedor mediante la aportación de la correspondiente declaración suscrita al efecto, que se ajustará al modelo que se apruebe por el Ministro de Hacienda.
30 Abr '26 |
En una situación de backwardation, como la actual, donde los contratos de futuros son más baratos en el tiempo, el mercado envía un mensaje muy concreto: hay tensión hoy, pero se espera una cierta normalización más adelante. Durante años hemos confiado en que las tensiones energéticas fueran episodios aislados: una guerra, un embargo, un ataque a una refinería. Sin embargo, la realidad actual es muy distinta. Los riesgos geopolíticos han dejado de ser excepcionales para convertirse en un componente permanente del sistema energético global. La Agencia Internacional de la Energía (AIE) advierte que estos riesgos no solo persisten, sino que se han vuelto ...