En fecha 20 de marzo de 2026, se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 70, la Resolución de 19 de marzo de 2026, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 17 de marzo de 2026, por el que se liberan existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos en el marco de una acción coordinada de la Agencia Internacional de la Energía.
En este sentido, con fecha 11 de marzo de 2026, la Agencia Internacional de la Energía acordó activar un Plan de Respuesta Coordinado, consistente en la liberación coordinada de reservas estratégicas de petróleo y productos petrolíferos, por un volumen de 400 millones de barriles, con el objetivo de contribuir a la estabilidad del mercado, mitigar posibles tensiones de suministro y moderar el impacto de la volatilidad de precios.
Por medio de la presente Resolución se acuerda reducir, con carácter temporal, la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos en una cuantía equivalente a 4 días en los grupos de productos de gasolinas auto y aviación, y gasóleos de automoción, otros gasóleos, querosenos de aviación y otros querosenos, y fuelóleos, de manera que la obligación pasa de 92 días a 88 días. La introducción en el mercado de las existencias mínimas liberadas se realizará durante un periodo de quince días.
Asimismo, se prevé que, en cualquier momento y en función de la evolución de los mercados, mientras permanezca activa la acción colectiva de la Agencia Internacional de la Energía, la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico pueda acordar una reducción adicional temporal de hasta un máximo de 8,3 días. Dicha reducción podrá adoptarse en una o varias fases, determinándose en cada caso el número de días aplicable, los grupos de productos afectados, la distribución de la reducción entre los sujetos obligados y la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES), así como, en su caso, el calendario y las condiciones concretas para la puesta en mercado de dichas existencias.
Para más información, se adjunta el BOE que contiene la Resolución a la cual se hace referencia.