EL INFORME DEBERÁ CONTENER EL IMPORTE DE LOS PAGOS REALIZADOS A CADA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Una de las 23 enmiendas introducidas por el PP al proyecto de reforma de la Ley de Auditoría de Cuentas actualmente en trámite parlamentario, obliga a las empresas de exploración, prospección, descubrimiento, desarrollo y extracción de petróleo a informar públicamente de los pagos que realicen a las administraciones públicas con la finalidad de conseguir una mayor transparencia. Todo ello, a efectos de transposición de la directiva comunitaria sobre los estados financieros e informes afines.
Este mandato se traduce en un informe que debe ser presentado los seis primeros meses del año que contenga el importe total de los pagos realizados a cada Administración Pública, en concepto de derechos sobre la producción, gravámenes, cánones, licencias o alquileres. No obstante, dicha obligación únicamente se impone a las empresas cuyo activo supere los 20 millones, tengan una cifra anual de negocio superior a 40 millones o supere los 250 trabajadores.
30 Sep '26 |
Es necesario establecer un mecanismo de imputación que permita determinar qué certificados se consideran aplicados al cumplimiento de la obligación y cuáles integran el excedente La publicación del Real Decreto 611/2026 ha introducido nuevas figuras y mecanismos destinados a facilitar el cumplimiento de los objetivos de descarbonización del transporte. Por un lado, los «sujetos obligados» que son quienes deben acreditar el cumplimiento de los objetivos de reducción de emisiones y de los distintos subobjetivos de energías renovables. Y por otro, los «sujetos habilitados», que pueden generar certificados de combustibles renovables aun cuando no estén som...