LA SENTENCIA, NO OBSTANTE, NO TIENE EFECTOS PRÁCTICOS
El Tribunal Constitucional, mediante Sentencia de 8 de junio de 2017, declara la inconstitucionalidad de la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público, a través de la cual se aprobó una Amnistía Fiscal que inicialmente permitía a los contribuyentes regularizar las rentas de no declaradas por medio de una declaración tributaria especial e ingresando la cuantía resultante de aplicar al importe o valor de adquisición de los bienes o derechos el porcentaje del 10 por ciento, sin ser exigibles sanciones, intereses ni recargo alguno.
El TC ha interpretado que la introducción de una medida tributaria de tal importancia y relevancia para nuestro sistema fiscal por medio de un Decreto-Ley es inconstitucional y nula, en tanto la Constitución Española limita la utilización de este instrumento legislativo a casos de extraordinaria y urgente necesidad.
No obstante, esta sentencia no tiene efectos prácticos puesto que declara que no son susceptibles de ser revisadas las situaciones que hubieran alcanzado firmeza, por exigencia del principio de seguridad jurídica.
31 Mar '26 |
Tribunal Supremo, Sección Segunda de lo Contencioso-Administrativo, Sentencia Nº 601/2024, de 16 de febrero de 2026 Recurso de casación interpuesto por la obligada tributaria contra sentencia dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, que confirmó el acuerdo de derivación de responsabilidad solidaria en contra de la obligada tributaria, por una deuda de 124.565,68 euros, derivada de la ocultación de bienes de su progenitora, quien era deudora de Hacienda. La responsabilidad se basó en donaciones y ventas realizadas en 2012 y 2013, y en actuaciones inspectoras y sanciones tri...