Modificación modelo 369 IVA

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En fecha 02 de junio de 2022, se publicó en el Boletín Oficial del Estado Nº 131, la Orden HFP/493/2022, de 30 de mayo, por la que se modifica la Orden HAC/610/2021, de 16 de junio, por la que se aprueba el modelo 369 «Impuesto sobre el Valor Añadido. Autoliquidación de los regímenes especiales aplicables a los sujetos pasivos que presten servicios a personas que no tengan la condición de sujetos pasivos, que efectúen ventas a distancia de bienes y ciertas entregas interiores de bienes» y se determinan la forma y procedimiento para su presentación.

La mencionada Orden, que solo consta de un artículo único y una disposición final, tiene por objeto introducir un cambio en el procedimiento de pago por transferencia de las cuotas a ingresar por empresarios o profesionales no establecidos en la Comunidad que no dispongan de cuenta bancaria en alguna de las entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria y derivadas de los regímenes especiales previstos en las secciones 2.ª y 3.ª del capítulo XI del título IX de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido; para lo cual se añaden los extremos a tener en cuenta, modificando con ello los subapartados del artículo 7.2 de la Orden.

Por último, se señala en la Disposición final única, que la modificación de la Orden entrará en vigor a partir del 01 de julio de 2022.

Para más información, se adjunta el referido BOE, que contiene la Orden a la cual se hace referencia.