¿Cómo funciona el envío de información anual sobre los envases puestos en el mercado?

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A partir del 01 de mayo de 2023 y hasta el 31 de julio de 2023, los productores de producto deben de suministrar la información anual sobre los envases puestos en el mercado nacional durante el año 2021. Esta misma información, pero respecto del año 2022, se debe de enviar entre el 01 de agosto de 2023 y el 31 de octubre de 2023.




A partir del 01 de mayo de 2023 y hasta el 31 de julio de 2023, los productores de producto deben de suministrar la información anual sobre los envases puestos en el mercado nacional durante el año 2021. Esta misma información, pero respecto del año 2022, se debe de enviar entre el 01 de agosto de 2023 y el 31 de octubre de 2023.

Para el año 2023 y sucesivos, esta información se deberá de enviar antes del 31 de marzo del año siguiente al de la referida información.

En la pantalla principal del trámite se indica el conjunto de la información anual. La información anual debe de contener los datos relativos al número de unidades y el peso correspondiente de los envases introducidos en el mercado distinguiendo por tipo de material de dichos envases, de manera desglosada para cada sistema de responsabilidad ampliada del producto y diferenciando si son de un solo uso o reutilizables.

Por lo que respecta del sistema de responsabilidad ampliada del productor se puede optar por AEVAE, ECOEMBES, ECOVIDRIO, SIGFITO, SIGRE, un sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor no constituido, o un sistema individual de responsabilidad ampliada del productor no constituido.

En este sentido, se tiene que indicar si se trata de un envase de bebida (distinguiendo si es para agua, cerveza, refrescos u otros) o no de bebida. Además, se tiene que distinguir entre envases domésticos, envases para bebidas comercializadas en el sector de la hostelería y la restauración (HORECA), envases industriales y envases comerciales, y entre ellos, si son de un solo uso o reutilizables.

En cuanto a los envases reutilizables, se tiene que indicar la vida útil de los mismos en años, y el número de rotaciones por año. Solo se debe de informar sobre aquellos envases retornables que se ponen en circulación por primera vez, excepto para el año 2021, que se debe de informar de todos los envases de que se dispone en rotación.

Por cada tipología de envase se debe de informar del número de unidades de envases puestos en el mercado, el material del que están compuestos y el peso total en toneladas, así como el porcentaje de material reciclado.

La información debe de considerar todos los elementos del envase: elemento principal, tapas y tapones o cualquier otro elemento de cierre, elementos para la seguridad y uso del producto (asa, aplicador, dosificador, precinto, cápsula), elementos de fijación y protección (anillas, fleje, abrazadera, material de relleno, plástico de burbujas, cordel, ángulo, unión, soporte, casillero), entre otros. Para hacerlo se debe de seleccionar la opción de añadir materiales, y con respecto de cada material se informa el peso en toneladas y el porcentaje de reciclado.

Cabe destacar, que para aquellos envases de bebidas comercializadas en el sector de la hostelería y la restauración, se exige indicar el volumen total de bebidas puestas en el mercado, para ello se añade una nueva tipología de envase en esta categoría indicando el campo de volumen de bebidas, indicando este volumen expresado en hectolitros, tanto para envases de un solo uso como para envases reutilizables, por las implicaciones originadas por los objetivos de reutilización.

Una vez introducida toda la información se debe de pasar a la siguiente pantalla, donde se puede revisar la información introducida o guardar un borrador para tratarla con posterioridad, el borrador tiene una duración de quince días.

En la siguiente pantalla se puede adjuntar documentación, en concreto la correspondiente a la información de envío agregada, donde se recogen los productores de producto con los que se ha llegado a un acuerdo voluntario y de los que se está informando de manera agregada.

En aquellos casos en que se pueda reportar la información mediante la declaración simplificada, se dispone de este trámite que se adapta a la tipología de envases para los que se puede enviar esta información.

Se dispone hasta el 30 de abril de 2023 de un periodo de pruebas, durante el cual no se envían los datos introducidos en la plataforma. Por ello, se indica que estos datos hacen referencia al año simbólico 1000.