Metodologías de certificación para las actividades de absorción permanente de carbono

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Reglamento Delegado (UE) 2026/667285 de la Comisión, de 3 de febrero de 2026, por el que se complementa el Reglamento (UE) 2024/3012 del Parlamento Europeo y del Consejo mediante el establecimiento de las metodologías de certificación para las actividades de absorción permanente de carbono.




En fecha 17 de abril de 2026, se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, el Reglamento Delegado (UE) 2026/667285 de la Comisión, de 3 de febrero de 2026, por el que se complementa el Reglamento (UE) 2024/3012 del Parlamento Europeo y del Consejo mediante el establecimiento de las metodologías de certificación para las actividades de absorción permanente de carbono.

Cada 4 años la Comisión revisa el mencionado Reglamento, tomando en cuenta el progreso y la innovación tecnológicos y científicos, en particular las mejoras en el seguimiento, la notificación y la verificación, con respecto a las actividades de DACCS, BioCCS y absorción de carbono mediante biocarbón y a otras actividades de absorción permanente de carbono

La revisión de las metodologías existentes para la certificación de las absorciones permanentes de carbono realizada por la Comisión y el trabajo subsiguiente llevado a cabo por el grupo de expertos sobre absorción de carbono han detectado tres tipos de actividades de absorción permanente de carbono para los que, gracias a los conocimientos científicos y la madurez tecnológica, es posible desarrollar metodologías de certificación a efectos del Reglamento (UE) 2024/3012 que garanticen la cuantificación sólida y transparente del beneficio en forma de absorción neta de carbono, a saber, la captura directa de dióxido de carbono del aire y almacenamiento (DACCS), la captura de emisiones biogénicas con almacenamiento de carbono (BioCCS) y la absorción de carbono mediante biocarbón.

Para mayores detalles, se adjunta el Reglamento al que se hace referencia.