Obligaciones en las fábricas de alcohol- Impuestos Especiales

31 Oct '18  |   EL REGLAMENTO DE IMPUESTOS ESPECIALES INCLUYE NUMEROSAS OBLIGACIONES PARA LOS ESTABLECIMIENTOS DE FABRICACIÓN DEL PRODUCTO OBJETO DEL IMPUESTO ESPECIAL DEL ALCOHOL Y BEBIDAS DERIVADAS  El artículo 4 de la Ley de Impuestos Especiales (LIE) define una fábrica como el establecimiento donde, en virtud de la autorización concedida, con las condiciones y requisitos que se establezcan reglamentariamente, pueden extraerse, fabricarse, transformarse, almacenarse, recibirse y expedirse, en régimen suspensivo, productos objeto de los impuestos especiales de fabricación. Además, nos indica que la fabricación consiste en la extracción de productos objeto de los impuestos especiales de fabricación y cua...
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Exención del alcohol sin desnaturalizar

10 Oct '18  |   ¿EL ALCOHOL SIN DESNATURALIZAR USADO EN LA DESINFECCIÓN DE LOS EQUIPOS DE PRODUCCIÓN ESTÁ EXENTO DE IMPUESTOS?  Según el apartado 4 del artículo 42 de la LIEE, la fabricación e importación de alcohol que se destina a la fabricación de medicamentos está exento del IIEE, en las condiciones reglamentarias que se establezcan. Se entiende por medicamento toda sustancia o combinación de sustancias que se presente como poseedora de propiedades curativas o preventivas con respecto a las enfermedades humanas o animales. Uno de los requisitos para que la fabricación esté exenta es usar alcohol total o parcialmente desnaturalizado. El alcohol parcialmente desnaturalizado, es el alcohol que contenga,...
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Eduardo Espejo, socio de Fide participa en el curso «Impuestos Especiales sobre alcohol y bebidas alcohólicas»

26 Sep '18  |   FIDE imparte un curso del Impuesto Especial sobre el alcohol y las bebidas alcohólicas en el Colegio de Economistas de Catalunya el 19 y 26 de septiembre. Con el objetivo de dar formación concreta y detallada y un conocimiento legal y tributario profundo sobre un tipo de imposición tan específica y desconocida como los impuestos Especiales sobre Alcohol y Bebidas Alcohólicas, FIDE ha participado en el curso que se ha impartido los días 19 y 26 de septiembre en el Colegio de Economistas de Catalunya. El curso se ha desarrollado con una visión eminentemente práctica. Partiendo de un análisis conceptual de la tributación, se han analizado los aspectos más novedosos de la misma en relació...
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¿Cuál es el porcentaje de pérdidas admisible en la doble destilación? – Impuestos especiales alcohol

13 Sep '18  |   LLAMAMOS PÉRDIDA A LA DIFERENCIA ENTRE LA CANTIDAD TOTAL DE PRODUCTO ENTRADO EN UN PROCESO DE FABRICACIÓN O ALMACENAJE Y LA CANTIDAD TOTAL DE PRODUCTO DE SALIDA Para que las pérdidas sean admisibles, es decir, sean aceptadas por la Administración Tributaria y no estén sujetas a tributación, éstas deben producirse bajo régimen suspensivo; en una fábrica, en un depósito fiscal o durante la circulación y deben estar ocasionadas por la naturaleza innata del producto; por ejemplo, el alcohol es un producto que durante su fabricación se evapora. Sin embargo, la Administración ha venido aceptando las pérdidas acaecidas fuera del régimen suspensivo siempre y cuando se produzcan en los mismos proce...
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Nos preguntamos por qué…

31 Jul '18  |   ...SE CASTIGA FISCALMENTE A LAS FÁBRICAS DE BIOETANOL?  El artículo 46.1.f) de la LIIEE define el bioetanol como el alcohol etílico de origen agrícola o vegetal clasificado en el código NC 2207.20.00, señalando que forma parte del ámbito objetivo del Impuesto sobre Hidrocarburos cuando se destine a su uso como carburante, como tal o previa modificación química, sin embargo, su fabricación está sometida a las obligaciones del impuesto sobre el alcohol. El apartado 2 del artículo 108 bis del RIIEE concreta que cuando el biocarburante sea alcohol etílico, mientras no sea sometido a una transformación química que altere su composición, o bien mientras no sea mezclado con carburantes convencion...
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La Comisión Europea propone revisar la Directiva sobre Alcohol y Bebidas Alcohólicas

27 Jun '18  |   SE PRETENDE CON ELLO DISMINUIR LOS COSTES DE LAS PEQUEÑAS PRODUCTORAS, INCENTIVAR LA PRODUCCIÓN DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS DE BAJA GRADUACIÓN Y DAR MAYOR PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR FINAL Ante falta de actualización y adecuación de la actual normativa armonizada del Impuesto Especial de Alcohol y Bebidas Alcohólicas, y dados los avances tecnológicos del sector en las últimas décadas, la Comisión Europea propuso el pasado mes de mayo una revisión de la Directiva 92/83/EEC, que fija actualmente la estructura y tipos mínimos de este Impuesto Especial. El texto normativo está vigente desde 1992 y entró en funcionamiento con la creación del mercado interior único europeo. Esta decisión de revisión es...
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