El importe de los ingresos procedentes de la producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica, no debe minorarse por los costes en que se ha incurrido en la actividad, ya sea asociados a la producción o relacionados con la incorporación de la energía al sistema eléctrico, porque la cuantificación de la base imponible no responde al concepto de regularización entre las partidas de ingresos y las diferentes partidas de gastos. La regulación del Impuesto no presenta problemas de ajuste con el ordenamiento jurídico de la Unión Europea, por lo que no se plantea la cuestión prejudicial pretendida.
30 Abr '26 |
En una situación de backwardation, como la actual, donde los contratos de futuros son más baratos en el tiempo, el mercado envía un mensaje muy concreto: hay tensión hoy, pero se espera una cierta normalización más adelante. Durante años hemos confiado en que las tensiones energéticas fueran episodios aislados: una guerra, un embargo, un ataque a una refinería. Sin embargo, la realidad actual es muy distinta. Los riesgos geopolíticos han dejado de ser excepcionales para convertirse en un componente permanente del sistema energético global. La Agencia Internacional de la Energía (AIE) advierte que estos riesgos no solo persisten, sino que se han vuelto ...