Nueva reducción de existencias mínimas de seguridad

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En fecha 20 de junio de 2022, se ha publicado en el BOE núm. 146, la Orden TED/553/2022, de 16 de junio, por la que se liberan existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos en el marco de una acción coordinada de la Agencia Internacional de la Energía.




En fecha 20 de junio de 2022, se ha publicado en el BOE núm. 146, la Orden TED/553/2022, de 16 de junio, por la que se liberan existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos en el marco de una acción coordinada de la Agencia Internacional de la Energía.

Por medio de esta Orden Ministerial, se procede a determinar, con carácter transitorio, la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos, que queda en 86.4 días.

Esto supone que a la medida adoptada en marzo, de reducción den 2.6 días, se suma la presente de reducción de 3 días, dejando sin efecto la última reducción, de principios de junio.

Dado que esta disminución se computa en las existencias mantenidas por el sujeto obligado, hasta que no se revierta esta medida, CORES mantiene 42 días de la obligación y los sujetos obligados, 44.4 días.

Esta medida está en vigor desde el mismo de día de su publicación en el BOE, 20 de junio de 2022.

Para más información, se adjunta el BOE que contiene la Resolución a la que se hace referencia.

Además, el MITECO ha habilitado el siguiente buzón: bzn-indice-see@miteco.es, para remitir la documentación, consistente en los contratos de compra, importación o transferencia de crudo y derivados y sus contratos accesorios, relacionada con la notificación a la Comisión Europea recogida en los apartados 3.a) y 3.b) del artículo 3 quaterdecies del Reglamento (UE) n.o 833/2014 relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania, modificado por el Reglamento (UE) 2022/879 del Consejo de 3 de junio de 2022. Se dispone hasta el 24 de junio de 2022, para llevarlo a cabo.