Exención prohibida a compra de biogás

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Tribunal General de la Unión Europea, Sentencia Sala Séptima ampliada, de 21 de diciembre de 2022, Asunto Nº T-626/20.




La demandante -una sociedad comercializadora de gas alemana-, solicita al Tribunal la anulación de la decisión 4489, de 29 de junio de 2020, relacionada con la aprobación a Suecia de la exención fiscal del biogás y del biopropano no proveniente de fuentes alimentarias para la generación de calor, así como la Decisión 4487, que prorroga y modifica el régimen a favor del biogás destinado a ser utilizado como carburante en Suecia, a través de las cuales se eximía a la compra del biogás del pago de determinados impuestos especiales, que si se devengan con ocasión de la compra de gases fósiles, como el gas natural, destinados a los mismos usos.

En respuesta a ello, la Comisión señala que los regímenes contemplados en las Decisiones, que establecen exenciones fiscales totales, debían ser calificadas de ayudas de Estado, específicamente de ayudas de funcionamiento, y que los mismos perseguían un objetivo de interés común, permitiéndole al Reino de Suecia alcanzar los objetivos que se había fijado en cuanto a la utilización de fuentes de energía renovable, siendo, además, necesarias, porque sin las exenciones fiscales totales, el biogás costaría más caro que los gases fósiles, favoreciendo con ello el uso y producción de biogás.

El TGUE anula las Decisiones controvertidas, señalando, entre otras cosas, que el procedimiento seguido por la Comisión para dictarlas, fue contrario a los principios generales del Derecho de la Unión, como el principio de igualdad de trato, a disposiciones específicas de los Tratados, en particular las relativas a los tributos internos, entre las que se encuentra el artículo 110 TFUE. Además, ningún Estado miembro puede instaurar o autorizar una ayuda que suponga una discriminación fiscal, con respecto a productos procedentes de otros Estado miembros.