Interrupción de plazo en actuaciones inspectoras

Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sentencia Nº 1615/2022, Recurso Nº 1615/2022, de 09 de diciembre de 2022




Recurso de casación, interpuesto por persona física, en virtud de sentencia desestimatoria dictada por la AN, que desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la resolución del TEAC, relacionado con la declaración de responsabilidad subsidiaria por las deudas de la persona jurídica, que fue dictada “con posterioridad al incumplimiento del plazo máximo de duración de las actuaciones”.

En dicho recurso, la recurrente solicita se fije como criterio interpretativo si en el cómputo del plazo de prescripción de la potestad de la Administración para determinar la deuda tributaria, una vez devueltas las actuaciones por parte de la jurisdicción penal, se ha de tomar en cuenta -o no- el periodo en que dichas actuaciones estuvieron en dicha jurisdicción.

El TS estima el recurso interpuesto, fijando como criterio interpretativo que cuando las actuaciones se encuentran en sede de la jurisdicción penal y posteriormente se devuelven a la Administración, no se ha de tomar en cuenta el periodo en el que el expediente permaneció en esa jurisdicción, puesto que ello determina que se pierda ese efecto interruptor.