Un representante aduanero formaliza el DUA para vincular una mercancía al régimen de explotación con ocasión de su salida del territorio de aplicación del impuesto a un país tercero. Los bienes los entrega el fabricante español a una entidad sita en territorio de aplicación del impuesto, la cual los revende a un país tercero. El transporte no está vinculado con la primera de las entregas, siendo el primer adquirente de los bienes al que corresponde la condición de exportador y, por tanto, la entrega efectuada por el fabricante español a favor del primer adquirente estará sujeta y no exenta del IVA.
30 Abr '26 |
Tribunal Supremo, Sección Segunda de lo Contencioso-Administrativo, Sentencia Nº 401/2026, de 30 de marzo de 2026. En el presente caso, la Audiencia Nacional desestimó el recurso interpuesto por el obligado tributario contra la decisión dictada por el TEAC, que confirmó el acuerdo de resolución del procedimiento sancionador dictado por la AEAT, relacionado con el IVA del año 2014.
El recurrente interpone recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo, contra la sentencia dictada por la AN, alegando, entre otras cosas, que la Administración vulnera principios constitucionales, la normativa del sector público, y la jurisprudencia del TJUE...