Su art. 37 no exige a los Estados miembros que confieran a la autoridad reguladora la competencia para resolver los conflictos entre clientes domésticos y gestores de red ni, por lo tanto, que atribuyan al cliente doméstico que haya reclamado ante la autoridad reguladora contra un gestor de red la condición de parte, en el sentido de la referida disposición, y el derecho a interponer recurso contra la decisión que dicha autoridad adopte a raíz de esa reclamación. En cualquier caso, la autoridad designada deberá ser independiente y ejercer dicha competencia aplicando procedimientos rápidos, eficaces, transparentes, sencillos y poco onerosos para la tramitación de las reclamaciones que permitan una resolución equitativa y rápida de los litigios.
30 Sep '26 |
Es necesario establecer un mecanismo de imputación que permita determinar qué certificados se consideran aplicados al cumplimiento de la obligación y cuáles integran el excedente La publicación del Real Decreto 611/2026 ha introducido nuevas figuras y mecanismos destinados a facilitar el cumplimiento de los objetivos de descarbonización del transporte. Por un lado, los «sujetos obligados» que son quienes deben acreditar el cumplimiento de los objetivos de reducción de emisiones y de los distintos subobjetivos de energías renovables. Y por otro, los «sujetos habilitados», que pueden generar certificados de combustibles renovables aun cuando no estén som...