Se admite, con interés casacional a ser resuelto y formar jurisprudencia al momento de dictar sentencia, si la falta de inscripción de la actividad de fabricación de un hidrocarburo en el Registro Territorial de los Impuestos Especiales y, consecuentemente, la carencia de Código de Actividad y Establecimiento (CAE), determina, en todo caso, que la instalación no pueda tener la consideración de fábrica ni beneficiarse de beneficios fiscales como es la exención prevista para la fabricación e importación de productos incluidos en el ámbito objetivo del impuesto que se destinen a la producción de electricidad en centrales eléctricas o a la producción de electricidad o a la cogeneración de electricidad y de calor en centrales combinadas.
31 Mar '26 |
La reforma introduce tres modificaciones (a) la ampliación de sujetos obligados; (b) la sustitución del sistema de cálculo; y (c) la reformulación del régimen sancionador. La modificación sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética (SNOEE), introducida por la Disposición final novena del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, supone cambios relevantes del sistema español de eficiencia energética.
Desde un punto de vista material, la reforma introduce tres modificaciones (a) la ampliación de sujetos obligados para incluir a nuevos agentes que adquieren e...